Lección 2: Fundamentos del Yagami Ryu

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Riesgo de Abuso en el Shibari

El shibari revela vulnerabilidades de las personas que lo están practicando, por lo que la tolerancia ante los abusos debe ser cero.

El shibari revela vulnerabilidades de las personas que lo están practicando, por lo que la tolerancia ante los abusos debe ser cero.

“Abuso” es un término paraguas sujeto a interpretaciones y matices, por lo que, en primer lugar, definimos lo que entendemos por abuso dentro de la sexualidad kink, o no convencional.

¿Qué entendemos por abuso?

Consideramos abuso todas aquellas interacciones en las que se dan al menos una de las siguientes situaciones:

  • No se tiene en cuenta el bienestar físico y/o emocional de una de las partes implicadas.
  • Se usan herramientas propias de esta sexualidad (asimetría, estados alterados de consciencia, … ) como forma de manipulación para obtener satisfacción de forma unilateral.

Aunque la vivencia personal del abuso puede variar, en términos generales está caracterizada por la falta de satisfacción en la interacción (ya sea sesión, práctica, fotografías, …); así como por la presencia, en la parte abusada, de temor y/o malestar duraderos más allá del encuentro en sí. En estos casos, las situaciones se soportan y toleran en lugar de ser objeto de deseo y satisfacción.

Conocer los indicadores de las situaciones de riesgo de abuso nos ayuda a reconocerlo y detectarlo cuándo este se produce. Dejemos claro que lo entendemos en su forma más amplia, incluyendo no solo aquellas prácticas que son por sí mismas un abuso, sino también todas las actitudes que fomenten o toleren dinámicas que lo pueden potenciar.

Entre otras conductas abusivas destacan:

  • Afrontar el shibari desde el adanismo
  • Negarse a aprender técnicas de fuentes fiables
  • Empecinarse en llevar a cabo ataduras sin dominar la técnica necesaria, ni comprender en profundidad su funcionamiento o uso.
  • Enseñar técnicas sin tener los conocimientos y experiencia necesarios para ello.
  • Fomentar o tolerar conductas y prácticas que puedan derivar en situaciones de abuso.
  • Aprovecharse de las vulnerabilidades de la otra persona, expuestas por el shibari, para obtener una satisfacción egoísta.
  • Llevar a cabo cualquier tipo de conducta y comportamiento tóxico.

Consenso y Consentimiento

Frecuentemente, consentimiento y consenso son dos conceptos empleados a la hora de afrontar el abuso.

El consentimiento se basa en que una de las partes accede a realizar algo, independientemente de si lo desea o no, y puede otorgarlo por muy distintas razones que no tienen por qué ver con la satisfacción de un deseo. Por ejemplo, consentimos a un cirujano que nos opere, pero no es algo que deseemos.

El consentimiento siempre ha de ser revocable y, para eso, la persona ha de estar en todo momento en pleno uso de sus facultades, lo que resulta incompatible con los estados alterados de consciencia que se trabajan desde el shibari.

El consenso es el resultado de una negociación en la que las partes llegan a un acuerdo sobre qué se va a hacer y qué no se va a hacer, discutiendo las distintas posibilidades y buscando un punto común que satisfaga a todas las personas implicadas.

Esto ha demostrado no ser suficiente para prevenir el abuso si no va acompañado del ejercicio de la responsabilidad personal.

Responsabilidad personal

Cada persona es la única responsable de sus actos y su cuerpo. Esto implica asumir las responsabilidades derivadas de las decisiones tomadas. Defendemos y ponemos en valor la práctica de la responsabilidad personal.

Para un correcto ejercicio de la responsabilidad personal es requisito disponer de información de calidad.

Hoy en día hay suficientes fuentes de información veraces, y multitud de fuentes de información totalmente erróneas, o mal intencionadas. Por lo que parte de la responsabilidad pasa por utilizar fuentes de información veraces, es decir, buscar, obtener y contrastar la información de forma crítica y objetiva.

Segundas Oportunidades

Creemos y ponemos en práctica la «segunda oportunidad». SIEMPRE Y CUANDO esa persona haya aprendido y cambiado de forma evidente y objetiva, y no reincida en su conducta abusiva.

Entendemos que no debe estigmatizarse ad infinitum a una persona por un error cometido en el pasado.

Denuncia

En España el abuso es un delito penal.

Si bien no compartimos la forma en que la ley y la justicia lo tratan, entendemos que el normal funcionamiento de una sociedad es por medio de sus organismos y administraciones, por lo que ante una situación de abuso recomendamos la denuncia ante las autoridades competentes.

Un vídeo denuncia en youtube con en número de cuenta para “donaciones” es una burla a las verdaderas víctimas de abusos, y una forma poco honorable de obtener ingresos, independientemente de su veracidad.

Mercantilización del abuso

Una práctica tan reprobable como el abuso es su mercantilización.

Con esto nos referimos a las denuncias/linchamiento en redes sociales, sin garantías, sin pruebas, ni posibilidad de defensa. Orquestadas y perpetradas por personas, colectivos o negocios que consideran que caldeando las redes sociales contra quien pueda ser su competencia (comercial, sexual, en la escena …) tendrán más oportunidades de medrar.

Política del Yagami Ren Ryū

Durante la primavera de 2019 conocimos la terrible noticia de que uno de los instructores certificados del Yagami Ren Ryū se confesaba autor de abusos y violaciones.

Esta persona fue, inmediatamente, apartada del ryū, y sus certificaciones revocadas por el propio Yagami Ren.

La posición del ryū es clara:

  • Rechazo frontal y decidido ante cualquier tipo y forma de abuso.
  • Apartar del grupo a cualquier persona que cometa abusos (sin matices).
  • Creer en las «segundas oportunidades», únicamente cuando se den las condiciones objetivas para ello.